Estos son los requisitos para poder importar tu auto y estos estados entraron a la regularización.
El Diario Oficial de la Federación DOF, publicó este miércoles el decreto por el cual se impulsa la regularización de vehículos “chuecos”, es decir, aquellos autos usados de procedencia extranjera.
El DOF establece que se regularizarán vehículos usados de los municipios de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.Para esto se necesita, también el año del modelo del vehículo que sea de ocho o más años de antigüedad.
El propietario debe ser residente de dichos estados y sólo puede efectuar la regularización de un vehículo.Es necesario presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 de este Decreto.Se exigirá un pago de aprovechamiento de 2,500 pesos mexicanos.No pueden importarse definitivamente a México los vehículos con aspectos técnicos prohibidos en México, deportivos, que no cumplan condiciones mecánicas o de protección al ambiente, con reporte de robo, relacionados a alguna carpeta de investigación penal.
El propietario deberá realizar el trámite de importación definitiva por conducto de agente o agencia aduanal.Acreditarán con el pedimento de importación la legal estancia en territorio nacional de los vehículos que se importen de conformidad con el decreto.
Refrenda que los ingresos que se obtengan por los aprovechamientos serán destinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, preferentemente, para acciones de pavimentación en los municipios que correspondan conforme a una distribución porcentual basada en el número de vehículos regularizados y registrados de acuerdo con el domicilio del importador con el que se haya realizado el trámite respectivo.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer las reglas y lineamientos de importación definitiva de los vehículos que circulan en México de manera ilegal, y determinó que sólo las unidades para uso de trabajo y traslado de personas que estén en Baja California, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas; así como en los estados de Baja California Sur, Durango, Michoacán de Ocampo y Nayarit, podrán ser beneficiados del decreto.
Se darán incentivos y facilidades vigentes hasta el 20 de julio del presente año; aunque deja fuera de los beneficios a unidades de lujo, deportivos o blindados.
Por tanto, limitó la regularización a los vehículos que tengan restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México, ya sea por características técnicas o se encuentren reportados como robados, o relacionados con algún delito en alguna carpeta de investigación. Además de que su antigüedad sea de ocho o más años anteriores a que se realice la importación definitiva.
De acuerdo con los lineamientos del decreto de importación, “los vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular (NIV) corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos o Canadá (…) que al 19 de octubre de 2021 se encontraban en el territorio de los estados referidos y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, para efectos de su regularización en territorio nacional, podrán ser importados definitivamente sin que se requiera certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía, ni inscripción en el Padrón de Importadores”.
“Se estima conveniente otorgar un estímulo fiscal y facilidades administrativas que permitan a los propietarios de los vehículos lograr la legal estancia de los mismos en el país, a través del pago de un monto de 2,500 pesos por concepto de aprovechamiento”, estableció.
Para la importación definitiva al país de vehículos usados en los términos del presente Decreto, el propietario deberá realizar el trámite de importación definitiva por conducto de agente o agencia aduanal, acotó.